Calculadora de finiquito
Estima cuánto te corresponde de finiquito en Chile: indemnización por años de servicio, mes de aviso y feriado proporcional, según tu causal de término. Resultado y desglose al instante.
Indemnización según años de servicio
Indemnización por años de servicio + mes de aviso para tu remuneración actual, en un despido por necesidades de la empresa (sin feriado ni remuneraciones pendientes).
Resumen
El finiquito es el documento que pone fin a tu relación laboral y deja constancia de lo que el empleador debe pagarte al terminar el contrato. Cuánto te corresponde depende sobre todo de la causal de término: no es lo mismo un despido por necesidades de la empresa que una renuncia voluntaria.
Esta calculadora de finiquito para Chile estima, en pesos chilenos, la indemnización por años de servicio, el mes de aviso y el feriado proporcional, aplicando los topes legales (11 años y 90 UF). Ingresa tu remuneración, las fechas del contrato y la causal, y verás el total con su desglose.
Qué es el finiquito
El finiquito es un acto jurídico que cierra el vínculo laboral. Para tener pleno valor legal debe constar por escrito y firmarse ante un ministro de fe (un notario o la Inspección del Trabajo). En él se detallan los pagos finales y, una vez ratificado, da por terminadas las obligaciones entre las partes (con algunas excepciones, como cotizaciones impagas).
Firmar el finiquito no te obliga a aceptar montos incorrectos: puedes firmarlo "con reserva de derechos" si crees que falta algo o que la causal no corresponde, y luego reclamar ante la Inspección del Trabajo o los tribunales.
Qué incluye un finiquito
Según el caso, un finiquito puede incluir:
- Indemnización por años de servicio (IAS): 30 días de tu última remuneración por cada año trabajado (y fracción superior a 6 meses). Solo aplica en ciertas causales.
- Indemnización sustitutiva del aviso previo ("mes de aviso"): un mes de remuneración si te despiden por necesidades de la empresa sin avisar con 30 días.
- Feriado proporcional: el pago de las vacaciones que ganaste y no tomaste. Corresponde siempre, sea cual sea la causal.
- Remuneraciones pendientes: los días trabajados del último mes, bonos o comisiones adeudadas.
Cuánto te corresponde según la causal
La causal con la que termina tu contrato es lo que más cambia el resultado:
- Necesidades de la empresa (art. 161): es la causal con mayor compensación. Da derecho a indemnización por años de servicio (con al menos 1 año), mes de aviso (si no hubo aviso), feriado proporcional y remuneraciones pendientes.
- Renuncia voluntaria o mutuo acuerdo (art. 159): no hay indemnización por años de servicio ni mes de aviso. Solo feriado proporcional y remuneraciones pendientes.
- Vencimiento del plazo o fin de la obra (art. 159): tampoco hay indemnización por años de servicio; corresponde feriado proporcional y lo adeudado.
- Despido por conducta del trabajador (art. 160): no hay indemnización por años de servicio. Si consideras que el despido fue injustificado, puedes reclamar y un tribunal podría ordenar el pago con recargo.
Cómo se calcula el finiquito
El cálculo combina varios componentes. La base de cálculo es tu última remuneración mensual, con un tope de 90 UF.
- Años de servicio: se cuentan los años completos; si la fracción final supera los 6 meses, se cuenta como un año más. El máximo indemnizable es de 11 años.
- Indemnización por años de servicio: base de cálculo × años indemnizables.
- Mes de aviso: una base de cálculo adicional, si corresponde.
- Feriado proporcional: se estima a partir de los días de vacaciones pendientes (aproximadamente 1,25 días hábiles por mes trabajado del período), valorizados según tu remuneración diaria.
- Total: la suma de todo lo anterior más las remuneraciones pendientes.
Recuerda que la indemnización por años de servicio legal suele estar exenta de impuesto dentro de los topes, mientras que el feriado y las remuneraciones pendientes sí pueden tributar.
Sobre el feriado proporcional: en Chile el feriado legal es de 15 días hábiles por año de servicio. Cuando no alcanzas a tomar todas tus vacaciones, el finiquito te paga los días pendientes en dinero. Para valorizarlos se considera tu remuneración diaria y se incluyen los días inhábiles que caen dentro del período (sábados, domingos y festivos), por lo que cada bloque de días hábiles equivale a algo más de días corridos. Si tienes el dato exacto de tus días pendientes —suele aparecer en tu liquidación—, ingrésalo en la calculadora; si lo dejas vacío, lo estimamos según el tiempo trabajado del último período.
Ejemplo práctico
Un trabajador con $1.000.000 de remuneración, despedido por necesidades de la empresa sin aviso, tras 5 años y 3 meses de servicio:
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Indemnización años de servicio (5 años) | $5.000.000 |
| Mes de aviso | $1.000.000 |
| Feriado proporcional (aprox.) | $231.000 |
| Total finiquito | ≈ $6.231.000 |
Si la misma persona renunciara, su finiquito sería solo el feriado proporcional y lo adeudado: la diferencia con un despido por necesidades de la empresa es enorme.
Plazos y forma de pago
El finiquito debe otorgarse y pagarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la separación. Puede pactarse el pago en cuotas, pero requiere tu acuerdo expreso ante el ministro de fe. Antes de firmar, verifica que tus cotizaciones previsionales estén pagadas: si no lo están, el despido puede no producir efecto (la llamada "Ley Bustos") y el empleador debe seguir pagando tu remuneración.
Despido injustificado y recargos
Si crees que tu despido fue injustificado, indebido o improcedente —por ejemplo, que invocaron una causal que no corresponde— puedes reclamar ante los tribunales. Si el juez te da la razón, la indemnización por años de servicio se paga con un recargo sobre el monto base:
- 30% si se aplicó indebidamente la causal de necesidades de la empresa (art. 161).
- 50% si se invocó una causal del art. 159 o 160 y el despido se declara injustificado.
- Hasta 80% o 100% en ciertos casos del art. 160 cuando la causal se declara carente de motivo plausible.
Esta calculadora muestra el finiquito base, sin recargos: los recargos solo se aplican si un tribunal los ordena. Aun así, conocer el monto base te ayuda a estimar cuánto podrías reclamar.
Qué hacer si no estás de acuerdo
Tienes varias vías si el finiquito no te parece correcto:
- Firma con reserva de derechos: así recibes lo ofrecido sin renunciar a reclamar la diferencia.
- Reclamo en la Inspección del Trabajo: puedes pedir un comparendo de conciliación, gratuito, para intentar un acuerdo con el empleador.
- Demanda en el Juzgado del Trabajo: tienes un plazo de 60 días hábiles desde la separación para demandar por despido injustificado (el plazo se suspende mientras dure el reclamo en la Dirección del Trabajo, con un límite).
Guarda tu contrato, liquidaciones de sueldo y la carta de despido: son la base para revisar si el monto y la causal son correctos.
Errores y dudas comunes
- Aceptar la causal sin revisarla: la causal define cuánto recibes. Si no estás de acuerdo, firma con reserva de derechos.
- Olvidar el feriado proporcional: corresponde aunque renuncies.
- No revisar las cotizaciones: exige que estén al día antes de firmar.
- Confundir bruto con líquido: la base de cálculo es tu remuneración mensual; el finiquito no descuenta AFP ni salud sobre las indemnizaciones.
- No considerar los topes: recuerda que la base se limita a 90 UF y los años indemnizables a 11; en sueldos o antigüedades altas, el resultado se "tope".
- Firmar apurado: tienes derecho a leerlo con calma y a pedir una copia. La firma ante ministro de fe es la que le da valor legal.
En definitiva, el finiquito puede ser una cifra menor (una renuncia) o muy relevante (un despido por necesidades de la empresa tras varios años). Conocer cómo se compone te permite revisar que cada monto esté bien calculado y reclamar a tiempo si algo no cuadra.
Dudas sobre el finiquito.
Es el documento y el pago que cierra la relación laboral cuando terminas un trabajo. Detalla lo que el empleador te debe: indemnizaciones (si corresponden), feriado proporcional y remuneraciones pendientes.
Principalmente cuando te despiden por "necesidades de la empresa" (artículo 161) y tienes al menos un año de servicio con contrato indefinido. Equivale a 30 días de tu última remuneración por cada año trabajado.
Si te despiden por necesidades de la empresa sin avisarte con 30 días de anticipación, el empleador debe pagarte un mes de remuneración adicional (indemnización sustitutiva del aviso previo).
La indemnización por años de servicio tiene un tope de 11 años (330 días) para contratos posteriores a agosto de 2002, y la remuneración base usada para el cálculo se limita a 90 UF.
Si renuncias o terminas de mutuo acuerdo, no tienes derecho a indemnización por años de servicio ni a mes de aviso. Sí te corresponde el feriado proporcional y las remuneraciones pendientes.
Son las vacaciones que ganaste pero no alcanzaste a tomar, pagadas en dinero. Se calculan en proporción al tiempo trabajado y se incluyen en el finiquito cualquiera sea la causal.
El finiquito debe otorgarse y pagarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la separación. Debe firmarse ante un ministro de fe (notario o la Inspección del Trabajo) para tener pleno valor.
Las indemnizaciones legales por años de servicio están, por regla general, exentas de impuesto dentro de los topes legales. El feriado proporcional y las remuneraciones pendientes sí pueden tributar como renta del trabajo.
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Fuentes y más información
Última actualización: junio de 2026. Estimación con fines educativos; el feriado proporcional es aproximado y casos especiales pueden variar. No constituye asesoría legal. Ante dudas, consulta a la Dirección del Trabajo.