Cómo funciona la gratificación legal en Chile

Gratificación legal en Chile 2026: el 25% del sueldo con tope de 4,75 ingresos mínimos (art. 50), cómo se calcula y cuándo se aplica el tope.

14 min de lectura · 13 jun 2026

Cada vez que llega un sueldo en Chile, muchos trabajadores ven en su liquidación una línea que dice “gratificación” y no terminan de entender de dónde sale ni por qué cambia de un mes a otro. Lejos de ser un regalo de la empresa, la gratificación legal es un derecho que el Código del Trabajo obliga a pagar cuando una empresa con fines de lucro genera utilidades. Es, en el fondo, tu parte de las ganancias del negocio.

El problema es que la mayoría de la gente solo sabe que “le pagan algo de gratificación”, pero ignora cómo se calcula, por qué existe un tope y por qué dos personas con sueldos distintos pueden recibir exactamente el mismo monto por este concepto. Entender esto te permite revisar si te están pagando bien y reclamar a tiempo si algo no cuadra.

En esta guía vas a entender, sin tecnicismos y con ejemplos en pesos chilenos, qué es la gratificación legal, los dos sistemas que contempla la ley (el artículo 47 y el artículo 50), cómo se calcula el 25% del sueldo, cuándo aparece el famoso tope de 4,75 ingresos mínimos y los errores más comunes que conviene evitar.

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Resumen rápido

La gratificación legal es una parte de las utilidades de la empresa que la ley obliga a repartir entre los trabajadores. La mayoría de las empresas usa el sistema del artículo 50: pagar el 25% de lo que ganaste en el año por remuneraciones, pero con un tope anual de 4,75 ingresos mínimos mensuales. Por eso, sobre cierto sueldo, todos reciben el mismo monto.

Lo esencial

  • Qué es: tu parte de las utilidades líquidas de la empresa, regulada por los artículos 47 a 52 del Código del Trabajo.
  • A quién aplica: empresas con fines de lucro, obligadas a llevar contabilidad y que obtengan utilidades líquidas.
  • Dos sistemas: el artículo 47 (30% de las utilidades) y el artículo 50 (25% del sueldo con tope), siendo este último el más usado.
  • El tope: 4,75 ingresos mínimos mensuales al año. Con el IMM de $539.000, el tope mensual es $213.354.
  • Es imponible: la gratificación paga AFP, salud, seguro de cesantía e impuesto, igual que tu sueldo base.

Qué es la gratificación legal

La gratificación legal es una parte de las utilidades que una empresa está obligada a repartir entre sus trabajadores. No es una liberalidad ni un bono voluntario del empleador: es un derecho establecido en el Código del Trabajo, concretamente en sus artículos 47 a 52. La lógica de fondo es sencilla y bastante justa: si el negocio gana dinero, quienes trabajaron para que eso ocurriera tienen derecho a una porción de esas ganancias.

Ahora bien, este derecho no aplica a cualquier empresa. La ley exige que se cumplan tres condiciones de forma conjunta. Primero, que la empresa persiga fines de lucro (las fundaciones o corporaciones sin fines de lucro quedan fuera). Segundo, que esté obligada a llevar contabilidad completa. Y tercero, y quizá lo más importante, que efectivamente obtenga utilidades líquidas en el ejercicio. Si la empresa no tuvo ganancias en el año, no hay utilidades que repartir y, por tanto, no nace la obligación de gratificar por la vía del artículo 47.

Conviene no confundir la gratificación legal con otros conceptos parecidos. No es lo mismo que un bono de productividad, que la empresa entrega según su propio criterio, ni que una gratificación pactada por contrato o convenio colectivo en condiciones más favorables que la ley. La gratificación legal es el piso mínimo que el empleador debe respetar; cualquier acuerdo puede mejorarla, pero nunca empeorarla.

Otro punto que genera muchas dudas es que la gratificación, aunque se relacione con las utilidades del año anterior, suele verse reflejada mes a mes en la liquidación de sueldo. Esto ocurre porque la mayoría de las empresas opta por el sistema del artículo 50, que permite prorratear el pago a lo largo del año en cuotas mensuales. Por eso aparece como una línea recurrente en tu liquidación y no como un único depósito anual.

Finalmente, hay que recordar que la gratificación es imponible y tributable. Esto significa que forma parte de la base sobre la que se calculan las cotizaciones de AFP, salud, seguro de cesantía e impuesto único. No es dinero “limpio” que llega íntegro a tu bolsillo: como cualquier remuneración, sufre los mismos descuentos legales antes de llegar a tu sueldo líquido.

Cómo funciona

La ley contempla dos sistemas distintos para cumplir con la gratificación, y el empleador puede elegir cuál aplicar. Ambos buscan lo mismo —que el trabajador participe de las ganancias—, pero llegan al resultado por caminos muy diferentes. Entender esta diferencia es clave para saber por qué tu gratificación tiene la forma que tiene.

El artículo 47 establece el sistema “puro” de reparto de utilidades. Bajo este esquema, la empresa debe distribuir el 30% de sus utilidades líquidas entre todos los trabajadores, en proporción a lo que cada uno ganó durante el año por concepto de remuneraciones. Es decir, mientras más ganaste y mientras más utilidades tuvo la empresa, mayor es tu porción. El problema práctico de este sistema es que el monto es imprevisible: depende directamente del resultado del balance, que puede ser excelente un año y mediocre al siguiente.

El artículo 50 ofrece una alternativa mucho más simple y predecible, y por eso es el más usado en Chile con gran diferencia. En lugar de calcular el 30% de las utilidades, el empleador puede optar por pagar el 25% de lo devengado por el trabajador en el año por concepto de remuneraciones. Pero con una limitación fundamental: ese 25% tiene un tope de 4,75 ingresos mínimos mensuales (IMM) al año. Aunque el 25% de tu sueldo dé un número más alto, la empresa nunca está obligada a pagar más que ese tope.

¿Por qué casi todas las empresas eligen el artículo 50? Por previsibilidad y por costo. Con el artículo 50, el empleador sabe de antemano cuánto le costará la gratificación de cada trabajador (un máximo conocido y acotado), sin depender del vaivén de las utilidades. Además, en empresas con buenos resultados, el tope del artículo 50 suele ser bastante más barato que repartir el 30% real de las utilidades. Por eso, en la práctica, la inmensa mayoría de los trabajadores chilenos recibe su gratificación calculada por la vía del artículo 50.

Otra característica del artículo 50 es que suele pagarse prorrateado mes a mes. En vez de entregar todo el monto anual de una sola vez, la empresa divide el tope entre los meses del año y va abonando una cuota en cada liquidación. Esto explica que veas la gratificación como una línea mensual estable, mientras que el sistema del artículo 47 tiende a pagarse en un solo desembolso una vez cerrado y aprobado el balance del ejercicio anterior.

Cómo calcularla

Como el sistema del artículo 50 es el que aplica a la enorme mayoría de los trabajadores, vamos a centrarnos en él. El cálculo tiene dos pasos: primero determinas el 25% de tu remuneración y, luego, lo comparas con el tope para saber cuál de los dos valores corresponde pagar.

El primer paso es simple. Tomas tu remuneración mensual imponible y calculas el 25% sobre ella:

Gratificación mensual (sin tope) = Remuneración mensual × 0,25

El segundo paso es calcular el tope mensual. La ley fija el tope en 4,75 ingresos mínimos mensuales al año, así que para obtener la cuota mensual hay que dividir ese valor anual entre los 12 meses:

Tope mensual = (4,75 × IMM) ÷ 12

A junio de 2026, el ingreso mínimo mensual (IMM) vigente en Chile es de $539.000, valor que rige desde enero de 2026 según la Ley 21.751. Aplicando la fórmula del tope:

Tope mensual = (4,75 × $539.000) ÷ 12 = $2.560.250 ÷ 12 = $213.354

Es decir, nadie está obligado a recibir más de $213.354 mensuales por gratificación legal bajo el artículo 50, sin importar lo alto que sea su sueldo. (Vale mencionar que existe un reajuste del ingreso mínimo a $553.553 aprobado en el Congreso para mayo de 2026 que, a la fecha de esta guía, aún no se promulga; por eso el valor vigente que debes usar sigue siendo $539.000.)

La regla final es la de la comparación: entre el 25% de tu sueldo y el tope mensual, se paga el menor de los dos. Si el 25% de tu remuneración es inferior al tope, recibes ese 25% completo. Si el 25% supera el tope, recibes el tope y nada más.

Esto nos lleva a una pregunta muy útil: ¿a partir de qué sueldo empieza a aplicarse el tope? El tope se activa cuando el 25% de tu remuneración iguala o supera los $213.354. Despejando, eso ocurre a partir de una remuneración de aproximadamente $853.000 (que equivale a 19 × IMM ÷ 12). Por debajo de ese sueldo, recibes el 25% íntegro; por encima, siempre el tope. Por eso dos personas que ganen $1.000.000 y $3.000.000 reciben exactamente la misma gratificación: ambas están topeadas en $213.354.

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Ejemplo práctico en pesos

Veamos casos concretos para que la regla de la comparación quede del todo clara. Usaremos el IMM vigente de $539.000, con lo que el tope mensual es de $213.354 (y $2.560.250 al año). La pregunta en cada caso es la misma: ¿el 25% del sueldo queda por debajo o por encima del tope?

Imagina a una persona con una remuneración mensual de $1.000.000. El 25% de ese sueldo es $250.000, un valor que supera el tope mensual de $213.354. Por lo tanto, su empleador solo está obligado a pagarle $213.354 al mes por gratificación (alrededor de $2.560.250 en el año). El exceso entre $250.000 y el tope no se paga: la ley no obliga a ir más allá del límite de 4,75 ingresos mínimos.

Ahora pensemos en alguien con una remuneración de $700.000. El 25% de ese sueldo es $175.000, una cifra que queda por debajo del tope. En este caso no hay límite que aplicar y la persona recibe el 25% completo: $175.000 al mes de gratificación.

La siguiente tabla resume ambos escenarios y deja a la vista cuándo entra en juego el tope:

Remuneración mensual25% del sueldoTope mensualGratificación a pagar
$700.000$175.000$213.354$175.000 (se paga el 25%)
$853.000≈ $213.250$213.354≈ $213.250 (justo en el límite)
$1.000.000$250.000$213.354$213.354 (aplica el tope)
$2.000.000$500.000$213.354$213.354 (aplica el tope)

Fíjate en lo que ocurre a partir de los $853.000: desde ese punto, por más que suba el sueldo, la gratificación se queda congelada en $213.354. Esa es la razón por la que un trabajador que gana $1.000.000 y otro que gana $2.000.000 reciben exactamente la misma gratificación legal por el artículo 50.

Hay que tener presente un par de matices. Primero, la gratificación es proporcional a los meses trabajados: si entraste a la empresa a mitad de año o trabajaste solo una parte del período, recibirás la fracción correspondiente y no el monto completo del año. Segundo, recuerda que estas cifras son imponibles: lo que ves en la tabla es el monto bruto de gratificación, sobre el cual aún se aplicarán las cotizaciones de AFP, salud, seguro de cesantía y el impuesto único, de modo que la cantidad que finalmente engrosa tu líquido es algo menor.

25% del sueldo $250.000 Tope (se paga) $213.354
Con un sueldo de $1.000.000, el 25% ($250.000) supera el tope mensual de 4,75 IMM, por lo que se paga el tope: $213.354.

Errores comunes

  • Creer que la gratificación es un regalo de la empresa: no lo es. Es un derecho legal que nace de las utilidades del negocio y está regulado por el Código del Trabajo. La empresa que cumple los requisitos está obligada a pagarla.
  • Pensar que mientras más ganas, más gratificación recibes: por el artículo 50, la gratificación está topeada en 4,75 ingresos mínimos al año. Sobre una remuneración de unos $853.000, todos reciben el mismo monto tope, sin importar cuánto suba el sueldo.
  • Confundir el sistema del artículo 47 con el del 50: el 47 reparte el 30% de las utilidades reales; el 50 paga el 25% del sueldo con tope. No se suman ni se eligen a gusto del trabajador: el empleador opta por uno de los dos.
  • Olvidar que es imponible y tributable: la gratificación paga AFP, salud, seguro de cesantía e impuesto. No llega íntegra a tu líquido, así que no debes confundir el monto bruto con lo que efectivamente recibes.
  • Suponer que se paga aunque la empresa tenga pérdidas: la gratificación nace de las utilidades líquidas. Si la empresa no obtuvo utilidades en el ejercicio, no surge la obligación legal de gratificar por la vía del artículo 47.
  • Ignorar la proporcionalidad por meses trabajados: si no trabajaste el año completo, te corresponde solo la fracción proporcional al tiempo efectivamente trabajado, no el monto anual íntegro.

Consejos para aprovecharla

La buena noticia es que aprovechar bien tu gratificación legal no requiere conocimientos avanzados, sino entender tus derechos y revisar tus números con regularidad. El primer consejo es, justamente, mirar tu liquidación de sueldo con atención. Identifica la línea de gratificación y verifica que el monto sea coherente: si ganas menos de unos $853.000, debería corresponder al 25% de tu remuneración imponible; si ganas más, debería estar topeado en $213.354 (con el IMM vigente). Cuando algo no cuadra, suele deberse a un error de cálculo que conviene aclarar pronto.

Lo segundo es conocer cuál de los dos sistemas aplica tu empleador. Aunque casi todas las empresas usan el artículo 50, vale la pena saberlo, sobre todo si trabajas en una compañía con utilidades muy altas. En esos casos, el reparto del 30% de las utilidades del artículo 47 podría, en teoría, resultar más favorable que el tope del artículo 50. No es lo habitual, pero es información que te conviene tener para conversar con Recursos Humanos.

El tercer consejo es no perder de vista la proporcionalidad cuando entras o sales de un trabajo. Si te incorporas a mitad de año, tu gratificación del primer período será proporcional a los meses trabajados. Lo mismo ocurre al terminar la relación laboral: la gratificación proporcional pendiente debe incluirse en tu finiquito. Revisar este punto evita que dejes dinero sobre la mesa al cambiar de empleo.

También es útil distinguir el monto bruto del líquido. Como la gratificación es imponible, parte de ella se va en cotizaciones e impuesto. Esto no es una pérdida: tus cotizaciones de AFP y salud son ahorro y cobertura que te benefician. Pero saber que el número que figura como gratificación no es lo que llega a tu cuenta te ayuda a planificar mejor tu presupuesto mensual sin sorpresas.

Por último, guarda tus liquidaciones y mantente informado de los cambios en el ingreso mínimo. El tope de la gratificación depende directamente del IMM, así que cada vez que sube el sueldo mínimo, el tope mensual también se reajusta. Si un nuevo IMM entra en vigencia durante el año, tu tope de gratificación debería actualizarse en consecuencia. Tener tus liquidaciones ordenadas te permite verificar estos ajustes y, si fuera necesario, reclamar ante la Dirección del Trabajo con respaldo.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la gratificación legal?

Es una parte de las utilidades de la empresa que la ley obliga a repartir entre los trabajadores. Está regulada por los artículos 47 a 52 del Código del Trabajo y aplica a empresas con fines de lucro, obligadas a llevar contabilidad y que obtengan utilidades líquidas en el año.

¿Cuál es la diferencia entre el artículo 47 y el artículo 50?

El artículo 47 reparte el 30% de las utilidades líquidas en proporción a lo ganado por cada trabajador. El artículo 50 paga el 25% de lo devengado por remuneraciones, con un tope de 4,75 ingresos mínimos mensuales al año. El empleador elige cuál aplicar, y el artículo 50 es el más usado por ser más predecible.

¿Cuál es el tope de la gratificación en 2026?

El tope es de 4,75 ingresos mínimos mensuales al año. Con el IMM vigente de $539.000, el tope mensual es de $213.354 (es decir, $2.560.250 al año). Nadie está obligado a recibir más que ese monto por la vía del artículo 50.

¿Desde qué sueldo se aplica el tope?

El tope empieza a aplicarse cuando el 25% de tu remuneración supera los $213.354, lo que ocurre a partir de un sueldo de aproximadamente $853.000. Por debajo de ese monto recibes el 25% completo; por encima, siempre el tope.

¿La gratificación paga impuestos y cotizaciones?

Sí. La gratificación es imponible y tributable, por lo que forma parte de la base sobre la que se calculan las cotizaciones de AFP, salud, seguro de cesantía y el impuesto único. No llega íntegra a tu sueldo líquido.

¿Recibo gratificación si entré a mitad de año?

Sí, pero de forma proporcional. La gratificación se calcula en función de los meses efectivamente trabajados, así que si te incorporaste durante el año recibirás la fracción correspondiente y no el monto anual completo.

¿La empresa paga gratificación si tiene pérdidas?

El derecho a gratificación nace de las utilidades líquidas de la empresa. Si en el ejercicio no hubo utilidades, no surge la obligación legal de gratificar por el artículo 47. Por eso es un beneficio ligado al resultado del negocio.

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Fuentes

Contenido informativo, no constituye asesoría legal ni laboral. Los montos y topes se basan en el ingreso mínimo vigente y pueden variar con futuros reajustes. Última actualización: junio de 2026.

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