Tope de la gratificación legal 2026: cuánto es y cómo cambió

El tope de la gratificación legal 2026 es $219.115 al mes ($2.629.377 al año) con el sueldo mínimo de $553.553 vigente desde mayo. Cuánto era antes, a quién afecta y qué revisar.

12 min de lectura · 2 jul 2026 · Actualizado el 5 jul 2026

Si en tu liquidación aparece un ítem llamado “gratificación legal” y el monto te parece sospechosamente parejo mes a mes, no es casualidad: lo más probable es que estés “topeado”. La ley pone un límite a la gratificación del artículo 50, y ese límite depende directamente del sueldo mínimo. Por eso, cada vez que el ingreso mínimo sube, media Chile googlea lo mismo: ¿cuál es el tope de la gratificación ahora?

La respuesta corta, con el sueldo mínimo de $553.553 vigente desde mayo de 2026: el tope es de $219.115 al mes, equivalente a $2.629.377 al año. Hasta abril, con el sueldo mínimo anterior de $539.000, el tope mensual era de $213.354. Es decir, si tu gratificación está topeada, deberías estar recibiendo unos $5.761 más cada mes desde mayo.

En esta guía te explicamos de dónde sale ese número, a quién le afecta el tope y desde qué sueldo, cómo cambió con el reajuste del ingreso mínimo, qué pasa con la retroactividad de mayo, y qué revisar en tu liquidación para comprobar que te están pagando lo correcto. Todo con cifras vigentes y ejemplos en pesos.

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Resumen rápido

La gratificación legal del artículo 50 del Código del Trabajo —la modalidad que usan la mayoría de las empresas en Chile— consiste en pagar el 25% de la remuneración mensual del trabajador, pero con un límite: 4,75 ingresos mínimos mensuales (IMM) al año. Como el sueldo mínimo subió a $553.553 con efecto desde el 1 de mayo de 2026 (Ley 21.751), el tope también subió: ahora es de $219.115 mensuales o $2.629.377 anuales. Quien gana desde aproximadamente $876.000 al mes queda topeado: recibe el tope, no el 25% completo.

Lo esencial

  • Tope mensual vigente: $219.115 (4,75 × $553.553 ÷ 12), desde mayo de 2026.
  • Tope anual vigente: $2.629.377 (4,75 ingresos mínimos).
  • Antes del reajuste: $213.354 al mes con el sueldo mínimo de $539.000 (enero–abril 2026).
  • Diferencia: unos $5.761 más al mes ($69.127 al año) para quienes están topeados.
  • Desde qué sueldo topea: alrededor de $876.000 de remuneración mensual imponible.
  • Retroactividad: el reajuste rige desde el 1 de mayo de 2026, por lo que las diferencias de ese período deben reliquidarse.

Qué es el tope de la gratificación (y por qué existe)

Primero, contexto en una frase: la gratificación legal es la parte de las utilidades de la empresa que la ley obliga a repartir entre los trabajadores, y la mayoría de las empresas cumple usando el artículo 50 del Código del Trabajo, que les permite pagar el 25% de lo devengado por remuneraciones mensuales en lugar de repartir el 30% de sus utilidades. Si quieres entender el sistema completo —quién tiene derecho, los dos artículos, cuándo se paga— tenemos una guía dedicada sobre cómo funciona la gratificación legal.

Ahora, lo que nos convoca: ese 25% no es ilimitado. El propio artículo 50 fija un techo de 4,75 ingresos mínimos mensuales por año. La lógica del legislador fue acotar el costo de esta modalidad para las empresas y, al mismo tiempo, garantizar un piso parejo: el empleador que opta por el artículo 50 sabe exactamente cuál es su desembolso máximo por trabajador al año, tenga las utilidades que tenga.

Como en la práctica la mayoría de las empresas paga la gratificación prorrateada mes a mes (una doceava parte cada mes junto al sueldo), el tope anual también se expresa en versión mensual: 4,75 × IMM ÷ 12. Cada mes recibes el 25% de tu remuneración o ese tope mensual, lo que sea menor. De ahí viene el número que aparece clavado en tantas liquidaciones chilenas.

El detalle clave —y la razón de que el tope cambie— es que está definido en ingresos mínimos, no en pesos. El monto en pesos se mueve cada vez que se reajusta el sueldo mínimo por ley. Por eso el tope de la gratificación tiene “versiones”: una por cada valor del ingreso mínimo.

Cuánto es el tope de la gratificación en 2026

Con el ingreso mínimo mensual vigente de $553.553 (para trabajadores de 18 a 65 años), el cálculo es directo:

  • Tope anual: 4,75 × $553.553 = $2.629.377
  • Tope mensual: $2.629.377 ÷ 12 = $219.115

Es decir, por mucho que tu sueldo suba, la gratificación legal mensual del artículo 50 no puede superar los $219.115 durante la vigencia de este ingreso mínimo. Dos personas con sueldos de $900.000 y $3.000.000 reciben exactamente la misma gratificación: el tope.

Ojo con un matiz que confunde: durante 2026 conviven dos topes, porque el sueldo mínimo cambió a mitad de año:

PeríodoSueldo mínimoTope mensualTope anual
Enero – abril 2026$539.000$213.354$2.560.250
Desde mayo 2026$553.553$219.115$2.629.377

Si buscabas “tope gratificación mayo 2026” o “gratificación junio 2026”, tu número es el de la segunda fila: $219.115. Puedes comprobarlo con tu propio sueldo en la calculadora de gratificación, que aplica el 25% y el tope vigente automáticamente.

Un apunte técnico para los casos menos comunes: cuando la gratificación no se paga mes a mes sino en una sola cuota anual una vez cerrado el ejercicio, la Dirección del Trabajo ha señalado que el tope se calcula con el ingreso mínimo vigente al cierre del ejercicio comercial (31 de diciembre). Para la inmensa mayoría —que la recibe prorrateada en la liquidación mensual— lo relevante es el tope mensual vigente en cada mes.

Cómo cambió con el nuevo sueldo mínimo

El 2026 partió con un ingreso mínimo de $539.000. En mayo, el Congreso aprobó un nuevo reajuste y la Ley 21.751 fijó el ingreso mínimo en $553.553, con vigencia desde el 1 de mayo de 2026. Ese cambio arrastró automáticamente a todos los valores que dependen del sueldo mínimo, y la gratificación topeada es uno de los más masivos.

El efecto concreto para un trabajador topeado:

Hasta abril 2026 $213.354 Desde mayo 2026 $219.115 Diferencia: +$5.761 al mes para quienes están topeados
Tope mensual de la gratificación legal (art. 50) antes y después del reajuste del sueldo mínimo a $553.553 (Ley 21.751, vigente desde el 1 de mayo de 2026).

En términos anuales, el tope pasó de $2.560.250 a $2.629.377: una diferencia de $69.127 si el año completo corriera con el nuevo valor. Como el reajuste rige desde mayo, en la práctica el 2026 queda “mixto”: cuatro meses con el tope antiguo y ocho con el nuevo.

¿Y si tu gratificación no está topeada? Entonces este cambio no altera tu monto: sigues recibiendo el 25% de tu remuneración, que depende de tu sueldo y no del mínimo. El reajuste solo mueve la aguja de quienes chocan contra el techo — y, como veremos, también mueve un poco la línea de quiénes chocan.

La retroactividad de mayo: qué te deben

Un detalle importante de este reajuste es que la ley se publicó cuando mayo ya había ocurrido, pero fijó su vigencia desde el 1 de mayo de 2026. ¿Qué significa eso en la práctica? Que las remuneraciones de mayo (y las de junio, si tu empresa alcanzó a pagarlas con los valores antiguos) deben reliquidarse: el empleador tiene que pagar las diferencias que correspondan.

Para la gratificación topeada, la diferencia es fácil de calcular: $219.115 − $213.354 = $5.761 por mes. Si en tu liquidación de mayo te pagaron gratificación por $213.354, te deben $5.761 de ese mes; lo mismo por junio si se pagó con el tope viejo. No es una fortuna, pero es tuyo, y suele venir en la liquidación siguiente como un ítem de “reliquidación” o “diferencia reajuste”.

Esto aplica, por cierto, a todo lo que depende del sueldo mínimo en tu liquidación —no solo la gratificación—, así que si tu sueldo base es el mínimo, la diferencia retroactiva es mayor. Para revisar el efecto completo del reajuste en tu bolsillo, puedes calcular tu sueldo líquido con los valores nuevos y compararlo con tu liquidación.

Desde qué sueldo te afecta el tope

El tope “se activa” cuando el 25% de tu remuneración supera el tope mensual. El punto de cruce es simple de despejar: tope ÷ 0,25, o lo que es lo mismo, cuando tu remuneración anual llega a 19 ingresos mínimos (0,25 × 19 = 4,75).

  • Con el tope vigente ($219.115): el cruce está en una remuneración de $876.459 mensuales. Bajo esa cifra recibes el 25% completo; sobre ella, el tope.
  • Con el tope anterior ($213.354): el cruce estaba en $853.417.

Ese corrimiento del umbral deja un grupo curioso: quienes ganan entre $853.417 y $876.459. Hasta abril estaban topeados; desde mayo, su 25% quedó de nuevo bajo el techo, así que ahora reciben el 25% exacto de su sueldo. Para ellos el reajuste significó pasar de “topeado” a “no topeado”.

La regla rápida para ubicarte:

  • Ganas menos de ~$876.000: tu gratificación es el 25% de tu remuneración. Si ganas $700.000, son $175.000.
  • Ganas ~$876.000 o más: tu gratificación es el tope, $219.115, da lo mismo si ganas $900.000 o $5.000.000.

Ejemplo práctico en pesos

Tomemos a alguien con una remuneración mensual imponible de $1.000.000 y contrato con gratificación del artículo 50 pagada mes a mes:

ConceptoHasta abril 2026Desde mayo 2026
25% de la remuneración$250.000$250.000
Tope mensual (4,75 IMM ÷ 12)$213.354$219.115
Gratificación pagada (el menor)$213.354$219.115

Como el 25% ($250.000) supera el tope en ambos períodos, esta persona está topeada todo el año: en abril recibía $213.354 y desde mayo debe recibir $219.115. Su remuneración total mensual (sueldo + gratificación) pasó de $1.213.354 a $1.219.115.

Segundo caso, sueldo de $700.000: el 25% es $175.000, que está bajo el tope en ambos períodos. Esta persona recibe $175.000 de gratificación antes y después del reajuste: para ella no cambió nada, porque nunca chocó con el techo.

Recuerda además que la gratificación es imponible y tributable: sobre ella se descuentan cotizaciones de AFP y salud, y entra a la base del impuesto único. El monto que ves en el ítem de la liquidación es bruto, no lo que llega a tu bolsillo. Si quieres ver el efecto completo, la calculadora de gratificación estima también el monto líquido después de cotizaciones.

El tope en tu sueldo líquido: bruto no es bolsillo

Un error frecuente al leer estas cifras es asumir que el trabajador topeado “recibe $219.115 más” en su cuenta. No es así: la gratificación legal es un haber imponible y tributable, exactamente igual que el sueldo base. Eso tiene dos consecuencias directas.

La primera: sobre esos $219.115 se descuentan las cotizaciones previsionales — el 10% de AFP más la comisión de la administradora (en torno al 11,5% en total, según tu AFP) y el 7% de salud. Solo por cotizaciones, cerca de un 18% a 20% del monto se va antes de llegar a tu bolsillo: de los $219.115 brutos quedan aproximadamente $175.000 a $180.000 líquidos, según tu AFP y plan de salud.

La segunda: la gratificación se suma a tu base tributable. Si tu remuneración total te ubica en un tramo del impuesto único de segunda categoría, una parte adicional se descuenta por impuesto. Para un sueldo de $1.000.000 más gratificación topeada, la base imponible mensual ronda $1.219.115, que ya está dentro de los tramos con tasa positiva: el efecto exacto depende de tu situación, pero el líquido final de la gratificación queda algo por debajo de la estimación de cotizaciones.

¿Significa esto que el tope “rinde menos” de lo que parece? En parte sí, pero aplica a cualquier haber imponible: un aumento de sueldo sufre los mismos descuentos. Lo importante es comparar peras con peras: el tope y el 25% son cifras brutas, y tu liquidación siempre mostrará el ítem bruto en los haberes y los descuentos más abajo. Para ver el circuito completo de tu remuneración —de bruto a líquido, con AFP, salud, cesantía e impuesto— puedes usar la calculadora de sueldo líquido o revisar la guía de cómo se calcula el sueldo líquido desde el bruto.

Meses trabajados, contratos nuevos y lo que viene en 2027

El tope de 4,75 IMM es anual y proporcional al tiempo trabajado. Si entraste a la empresa en septiembre, no te corresponde el tope anual completo, sino la proporción de los meses efectivamente trabajados: con el valor vigente, $219.115 por cada mes desde tu ingreso. Lo mismo al revés: si tu contrato termina a mitad de año, la gratificación devengada hasta esa fecha —topeada o no— debe venir en tu finiquito junto con el feriado proporcional.

Esto también importa si tienes varios empleadores o cambiaste de trabajo durante 2026: cada relación laboral genera su propia gratificación con su propio tope proporcional. Y si tu contrato pacta una “gratificación garantizada” pagada mes a mes independiente de las utilidades, el reajuste del sueldo mínimo también la alcanza cuando está expresada como “25% con tope de 4,75 IMM”, que es la redacción más común en los contratos chilenos.

Mirando hacia adelante, ya hay una fecha marcada en el calendario: la Ley 21.751 estableció que el ingreso mínimo se reajustará automáticamente en enero de 2027 según la variación del IPC acumulada entre mayo y diciembre de 2026. Cuando eso ocurra, el tope de la gratificación volverá a subir en la misma proporción, y el ciclo que explicamos en este artículo se repetirá: nuevo IMM, nuevo tope mensual, nuevo umbral. Si lees esto en 2027, verifica el valor vigente — o simplemente usa la calculadora de gratificación, que siempre trabaja con el ingreso mínimo actualizado y te permite editarlo si cambia.

Qué revisar en tu liquidación

Con los números claros, la revisión toma un minuto. En tu liquidación de mayo o junio en adelante:

  • Ubica el ítem “gratificación legal”, “gratificación art. 50” o similar, dentro de los haberes imponibles. Si no sabes leer los bloques de la liquidación, aquí explicamos cómo leer tu liquidación de sueldo.
  • Si estabas topeado (el ítem decía $213.354): desde mayo debe decir $219.115. Si sigue igual, tu empleador está usando el sueldo mínimo antiguo.
  • Busca la reliquidación: si mayo (o junio) se pagó con el valor viejo, debería aparecer un pago de diferencia en una liquidación posterior, por $5.761 por cada mes pagado con el tope antiguo.
  • Si tu gratificación es el 25% (no topeada), verifica que el monto sea efectivamente la cuarta parte de tu remuneración imponible del mes.
  • Si tu contrato dice “gratificación garantizada”: el pago mensual es fijo por contrato, pero el tope legal de referencia es el mismo; tenemos una guía sobre qué es la gratificación garantizada y en qué se diferencia.

Si detectas que te siguen pagando con el tope antiguo, el primer paso es plantearlo a tu empleador o a recursos humanos —lo habitual es que sea un desfase administrativo—. Si no se corrige, puedes hacer la consulta o denuncia en la Dirección del Trabajo.

Errores comunes

  • Creer que el tope es fijo en pesos: está definido en ingresos mínimos (4,75 IMM/año), así que cambia cada vez que se reajusta el sueldo mínimo. El valor “de memoria” caduca.
  • Usar el tope antiguo después de mayo: desde el 1 de mayo de 2026 el tope mensual es $219.115, no $213.354. Las diferencias de ese período se deben reliquidar.
  • Pensar que el reajuste subió la gratificación de todos: solo cambia para quienes están topeados (sueldos desde ~$876.000). Bajo ese nivel, la gratificación sigue siendo el 25% del sueldo y no se movió.
  • Comparar el tope con tu sueldo líquido: el 25% y el tope se calculan sobre la remuneración imponible bruta, y la gratificación resultante también es bruta (paga cotizaciones e impuesto).
  • Confundir la gratificación con el aguinaldo: el aguinaldo es un bono voluntario o pactado; la gratificación es un derecho legal ligado a las utilidades. Son ítems distintos de la liquidación.
  • Asumir que el tope aplica igual en el pago anual: si tu empresa paga la gratificación en una cuota al cierre del ejercicio, el criterio de la Dirección del Trabajo es usar el IMM vigente al 31 de diciembre del ejercicio, no el de cada mes.

Consejos

Primero, ancla los dos números del año: $213.354 hasta abril y $219.115 desde mayo. Con eso puedes auditar tus liquidaciones de 2026 en segundos y detectar cualquier desfase. Si estás topeado, la revisión es trivial: el ítem debe mostrar exactamente el tope vigente del mes correspondiente.

Segundo, si tu sueldo está cerca del umbral (~$876.000), presta atención cuando negocies un aumento: entre $853.417 y $876.459 el reajuste de mayo te “destopeó”, y cualquier alza futura del sueldo mínimo vuelve a mover esa línea. Es un detalle fino, pero explica por qué a veces un aumento de sueldo no sube la gratificación (ya estabas topeado) y por qué otras veces la sube junto con el sueldo (aún no llegas al techo).

Tercero, recuerda que el ingreso mínimo volverá a moverse: la propia Ley 21.751 contempla un reajuste automático por IPC en enero de 2027. Cuando eso ocurra, el tope de la gratificación cambiará de nuevo. La forma cómoda de no perseguir el número es usar la calculadora de gratificación, que mantiene el ingreso mínimo vigente y te muestra el tope, tu gratificación y el efecto del tope sobre tu sueldo en un solo lugar.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el tope de la gratificación legal desde mayo de 2026?

$219.115 mensuales, que corresponden a 4,75 ingresos mínimos anuales ($2.629.377) divididos en doce, con el sueldo mínimo de $553.553 vigente desde el 1 de mayo de 2026.

¿Cuánto era el tope antes del reajuste?

$213.354 mensuales ($2.560.250 anuales), calculado con el sueldo mínimo de $539.000 que rigió entre enero y abril de 2026.

¿Me deben pagar retroactivo por mayo?

Sí, si estabas topeado y tu liquidación de mayo se pagó con el tope antiguo. El reajuste rige desde el 1 de mayo de 2026, así que corresponde reliquidar la diferencia de $5.761 por cada mes pagado con el valor anterior.

¿Desde qué sueldo se aplica el tope?

Desde una remuneración imponible de aproximadamente $876.459 mensuales (el punto donde el 25% del sueldo iguala el tope). Bajo esa cifra recibes el 25% completo; sobre ella, recibes el tope de $219.115.

¿El tope de la gratificación es líquido o bruto?

Bruto. La gratificación es imponible y tributable: sobre el monto se descuentan las cotizaciones de AFP y salud, y entra a la base del impuesto único de segunda categoría. Lo que llega a tu bolsillo es menos que el tope.

¿Qué hago si mi empresa sigue pagando $213.354?

Plantéalo primero a tu empleador o a recursos humanos, porque suele ser un desfase administrativo del reajuste. Si no se corrige, puedes consultar o denunciar en la Dirección del Trabajo, que fiscaliza el pago correcto de las remuneraciones.

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Fuentes

Contenido informativo y educativo, no constituye asesoría laboral ni tributaria. Valores calculados con el ingreso mínimo de $553.553 (Ley 21.751, vigente desde el 1 de mayo de 2026); verifica el valor vigente en la Dirección del Trabajo antes de tomar decisiones. Última actualización: julio de 2026.

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