Cómo calcular el sueldo líquido desde el sueldo bruto
Del sueldo bruto al líquido en Chile 2026: paso a paso con AFP, salud, seguro de cesantía e impuesto único, con un ejemplo completo en pesos.
Firmas un contrato que dice un número, pero a fin de mes te depositan otro bastante menor, y entre medio nadie te explica del todo de dónde sale esa diferencia. Saber calcular el sueldo líquido desde el bruto no es un detalle técnico reservado a contadores: es lo que te permite negociar con cabeza, revisar tu liquidación con criterio y planificar tu mes sabiendo cuánto dinero vas a tener de verdad disponible en la cuenta.
La buena noticia es que el cálculo sigue siempre la misma lógica. Pasar del bruto al líquido en Chile consiste en tomar tu sueldo imponible, restarle de forma ordenada la cotización de AFP, la de salud, el seguro de cesantía y, si corresponde, el impuesto único de segunda categoría, y volver a sumar las asignaciones que no cotizan. Cada descuento tiene su porcentaje y su regla, pero el orden de los pasos no cambia, y una vez que lo entiendes puedes replicarlo con cualquier sueldo.
Este artículo es una guía práctica centrada en el paso a paso del cálculo: la fórmula de cada descuento, el orden correcto para aplicarlos y un ejemplo completo desarrollado en pesos chilenos, desde el primer monto hasta el líquido final. Si buscas entender en profundidad qué es cada descuento y por qué existe, al final te dejamos un artículo más conceptual que lo complementa.
Resumen rápido
Calcular el sueldo líquido es restar al sueldo imponible las cotizaciones obligatorias (AFP, salud y seguro de cesantía) y el impuesto único, y luego volver a sumar las asignaciones no imponibles. La clave es trabajar siempre sobre el imponible y seguir los pasos en orden.
Lo esencial
- Fórmula base: líquido = imponible − AFP − salud − cesantía − impuesto único + no imponibles.
- AFP: 10% obligatorio más la comisión de la administradora (aprox. 0,58% a 1,45%); en total ronda el 11% del imponible.
- Salud: 7% del imponible en Fonasa; en Isapre puede ser mayor si el plan cuesta más que ese 7%.
- Cesantía e impuesto: 0,6% del imponible con contrato indefinido y el impuesto único exento hasta 13,5 UTM mensuales.
- Orden correcto: primero el imponible, luego cada cotización y, al final, el impuesto sobre la base ya rebajada.
Bruto, imponible y líquido
Antes de calcular nada hay que separar tres cifras que mucha gente mezcla, y mezclarlas es la causa número uno de que un cálculo de sueldo no cuadre: el sueldo bruto, el sueldo imponible y el sueldo líquido.
El sueldo bruto es el total de tus haberes, la suma de todo lo que tu empleador acuerda pagarte: sueldo base, gratificación, bonos, comisiones, horas extra y cualquier otro ingreso. Es la cifra grande que encabeza tu contrato y tu liquidación. Pero ojo, porque ese no es el número sobre el que se calculan los descuentos, y confundirlo con la base de cálculo te llevará a un líquido equivocado.
El sueldo imponible es la porción de tus haberes sobre la que se aplican las cotizaciones previsionales y de salud. No todo lo que recibes es imponible: las asignaciones de colación, movilización o traslado, dentro de ciertos límites, no lo son, porque la ley las trata como compensación de gastos y no como remuneración. Por eso el imponible suele ser algo menor que el bruto. Este es el número decisivo del cálculo, porque la AFP, la salud y el seguro de cesantía se calculan sobre el imponible y no sobre el bruto.
El sueldo líquido es lo que finalmente llega a tu cuenta tras restar todos los descuentos legales. Es el resultado del recorrido: partes del imponible, le restas AFP, salud, cesantía e impuesto único, y a ese resultado le sumas de vuelta los haberes no imponibles, que no cotizan ni tributan. Esa suma final explica por qué a veces el líquido aparece un poco más alto de lo que esperabas: la colación y la movilización llegan completas.
La forma sencilla de fijarlo es esta cadena: del bruto se separa la parte imponible, sobre el imponible se aplican los descuentos, y lo que queda más las asignaciones no imponibles es tu líquido. Ese orden es justo lo que convertiremos en una secuencia de pasos.
Cómo funciona cada descuento
Para calcular bien, primero hay que saber qué porcentaje aplica cada descuento y sobre qué base. Casi todos comparten la misma base —el imponible— y por eso, una vez que la determinas, el resto es aritmética ordenada. Repasemos cada uno antes de armar la fórmula completa.
AFP (cotización previsional). Financia tu futura pensión y tiene dos partes. La primera es un 10% obligatorio del imponible que va directo a tu cuenta de capitalización individual: ese dinero sigue siendo tuyo y se invierte para tu jubilación. La segunda es la comisión de la AFP, lo que cobra la administradora por gestionar tus fondos, que a junio de 2026 se mueve aproximadamente entre un 0,58% y un 1,45% del imponible según la AFP. Sumando ambas, el descuento total por AFP suele rondar el 11% del imponible. Como el 10% es igual en todas, la comisión es lo que hace que una AFP te deje un poco más de líquido que otra.
Salud (Fonasa o Isapre). La ley te obliga a destinar un 7% del imponible a salud. En Fonasa el descuento es exactamente ese 7%, sin vueltas. En una Isapre, el 7% es solo el mínimo legal: si el plan que contrataste cuesta más que ese 7% de tu imponible, pagas la diferencia por sobre el mínimo, y entonces el descuento de salud es mayor. Por eso dos personas con el mismo sueldo bruto pueden terminar con líquidos distintos solo por su plan de salud.
Seguro de cesantía (AFC). Es el aporte al fondo que te respalda si quedas sin trabajo, y aquí el tipo de contrato lo cambia todo. Con contrato indefinido, el trabajador aporta un 0,6% del imponible y el empleador suma un 2,4% que no se descuenta de tu sueldo. Con contrato a plazo fijo o por obra, el trabajador no aporta nada: el empleador asume el 3% completo. Es decir, si estás a plazo fijo, este descuento simplemente no aparece en tu liquidación y no entra en tu cálculo.
Impuesto único de segunda categoría. Es el impuesto que grava las rentas del trabajo dependiente. Se calcula sobre la base tributable según una tabla progresiva en UTM que publica el SII y se reajusta cada mes. El punto clave es que está exento hasta 13,5 UTM mensuales, de modo que una gran cantidad de sueldos en Chile no paga ni un peso. Sobre ese umbral el impuesto es progresivo por tramos: solo la parte de la renta que supera cada tramo paga la tasa correspondiente. Por eso, en sueldos medios, este descuento suele ser bajo o nulo, y solo pesa de verdad en rentas altas.
Los topes imponibles. Las cotizaciones no se calculan sin techo. Existe un tope imponible cercano a 87,8 UF para AFP y salud, y de aproximadamente 131,9 UF para el seguro de cesantía, que se reajustan una vez al año. Si tu imponible supera ese tope, la parte que excede el límite no cotiza. Para la mayoría de los trabajadores esto no aplica, pero conviene tenerlo presente si tu renta es elevada, porque cambia el cálculo.
Cómo calcularlo paso a paso
Con los porcentajes claros, calcular el líquido a mano es perfectamente posible si respetas el orden. La regla de oro es trabajar siempre sobre el sueldo imponible y dejar el impuesto único para el final, porque depende de las cotizaciones que ya restaste. Estos son los seis pasos.
Paso 1: determina tu sueldo imponible. Toma tus haberes brutos y resta las asignaciones no imponibles (colación, movilización y similares dentro de los límites legales). Lo que queda es la base de cálculo. En muchos sueldos el imponible es casi idéntico al bruto, pero conviene revisarlo en la liquidación para no arrastrar un error desde el inicio.
Paso 2: resta la AFP. Aplica el 10% obligatorio más la comisión de tu administradora. Si tu AFP cobra, por ejemplo, un 1% de comisión, el descuento total será de un 11% del imponible. La fórmula es:
AFP = Imponible × (0,10 + comisión)
Paso 3: resta la salud. En Fonasa es directo, un 7% del imponible. En Isapre, parte de ese 7% y agrega el excedente si tu plan cuesta más que el mínimo legal.
Salud (Fonasa) = Imponible × 0,07
Paso 4: resta el seguro de cesantía. Con contrato indefinido, aplica el 0,6% del imponible. Con contrato a plazo fijo, este descuento es cero para el trabajador, así que lo saltas.
Cesantía (indefinido) = Imponible × 0,006
Paso 5: calcula y resta el impuesto único. Esta es la parte más enredada porque depende de la tabla en UTM del SII. Primero determinas la base tributable, que es el imponible menos las cotizaciones que ya restaste (AFP, salud y cesantía). Esa base la conviertes a UTM y revisas en qué tramo cae. Si queda por debajo de 13,5 UTM, el impuesto es cero. Si la supera, aplicas la tasa del tramo correspondiente y le restas la rebaja que indica la tabla. Como la tabla cambia mes a mes con el valor de la UTM, este es el paso más incómodo de hacer a mano.
Paso 6: obtén el líquido. Por último, resta todos los descuentos del imponible y vuelve a sumar las asignaciones no imponibles, que llegan completas porque no cotizan ni tributan:
Líquido = Imponible − AFP − Salud − Cesantía − Impuesto + no imponibles
Como ves, el cálculo tiene varias piezas móviles —la comisión de tu AFP, tu sistema de salud, tu tipo de contrato y la tabla del SII del mes—, así que hacerlo a mano cada vez es propenso a errores, sobre todo en el paso del impuesto. Lo práctico es usar una calculadora que tome tu sueldo bruto y aplique los porcentajes y la tabla vigente, pero entender la secuencia te permite verificar que el resultado tenga sentido.
Ejemplo completo del bruto al líquido
Apliquemos los seis pasos a un caso concreto y realista para Chile. Supón un trabajador con un sueldo imponible de $1.000.000, contrato indefinido, afiliado a Fonasa y con una AFP cuya comisión deja el descuento previsional en torno al 11%. Para simplificar, asumimos que todo su sueldo es imponible (no tiene asignaciones no imponibles), de modo que el bruto y el imponible coinciden. Vamos restando en orden.
En el paso 2, la AFP: el 10% obligatorio son $100.000 y, sumando la comisión, el descuento total ronda los $110.000. En el paso 3, la salud: el 7% de $1.000.000 son $70.000 exactos, porque está en Fonasa. En el paso 4, el seguro de cesantía: el 0,6% son $6.000, ya que su contrato es indefinido. En el paso 5, el impuesto único: su base tributable (el imponible menos las cotizaciones que ya restamos) queda en el primer tramo, exento o muy cercano a cero, así que el impuesto resulta ≈ $0. Finalmente, el paso 6 entrega el líquido sumando y restando todo.
La siguiente tabla muestra el recorrido completo del bruto al líquido, paso por paso:
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Sueldo imponible | base del cálculo | $1.000.000 |
| AFP (10% + comisión) | ≈ 11% del imponible | − $110.000 |
| Salud (Fonasa) | 7% del imponible | − $70.000 |
| Seguro de cesantía | 0,6% del imponible | − $6.000 |
| Impuesto único | tramo exento / muy bajo | ≈ $0 |
| Sueldo líquido | imponible − descuentos | ≈ $814.000 |
De un imponible de $1.000.000, el trabajador recibe alrededor de $814.000 líquidos. La diferencia, cercana a $186.000, no se “pierde”: el 10% de la AFP es ahorro para tu pensión, el 7% de salud financia tu cobertura y el 0,6% de cesantía es tu respaldo si quedas sin empleo.
El siguiente gráfico ordena de mayor a menor lo que recibes y cada uno de los descuentos, para que la composición del sueldo se vea de un vistazo:
Este resultado es referencial. El monto exacto depende de tu AFP (la comisión cambia el descuento), de tu sistema de salud (en Isapre puede superar el 7%) y de tu tipo de contrato (a plazo fijo no pagas el 0,6% de cesantía). Si tu sueldo incluye asignaciones no imponibles, recuerda sumarlas en el paso 6. Para tu caso real, lo más sensato es repetir estos pasos con tus datos o usar una calculadora que aplique la tabla del mes.
Errores comunes
- Calcular sobre el bruto y no sobre el imponible: las cotizaciones se aplican al sueldo imponible. Si usas el bruto completo como base, sobreestimas los descuentos y tu líquido no cuadra.
- Aplicar el impuesto antes que las cotizaciones: la base tributable es el imponible ya rebajado por AFP, salud y cesantía. Calcular el impuesto sobre el imponible bruto infla el descuento y rompe el orden de los pasos.
- Creer que la AFP es solo el 10%: el 10% va a tu cuenta, pero a eso se suma la comisión de la administradora. El descuento real ronda el 11% y varía según la AFP, así que omitir la comisión te da un líquido más alto del real.
- Asumir que salud siempre es exactamente 7%: en Fonasa sí, pero en Isapre puede ser mayor si tu plan cuesta más que ese 7% del imponible. Revisa tu plan antes de sacar cuentas.
- Olvidar que el contrato cambia la cesantía: con contrato indefinido restas el 0,6%; a plazo fijo no aportas nada. Aplicar el descuento donde no corresponde altera el cálculo del líquido.
- No volver a sumar los haberes no imponibles: la colación y la movilización no cotizan ni tributan y llegan completas a tu líquido. Si los dejas fuera del paso final, subestimas lo que realmente recibes.
Consejos prácticos
Dominar el cálculo del bruto al líquido te da herramientas concretas para tomar mejores decisiones con tu sueldo, no solo para revisar una liquidación. Acá van algunas ideas para aprovecharlo.
Lo primero es rehacer el cálculo cuando cambie algo relevante. Si te subes de sueldo, cambias de AFP, te pasas a Isapre o firmas un contrato distinto, vuelve a aplicar los seis pasos. Un cambio que parece menor —una comisión más alta, un plan más caro— puede mover tu líquido más de lo que imaginas.
Lo segundo es pensar siempre en líquido cuando negocias. Entre el bruto que te ofrecen y lo que recibirás hay alrededor de un 18% a 20% de descuentos en sueldos sin impuesto, y más si pagas impuesto único. Estimar tu líquido antes de aceptar te permite comparar ofertas de verdad, no solo cifras brutas.
Lo tercero es comparar la comisión de tu AFP. Como el 10% obligatorio es igual en todas las administradoras, la diferencia mes a mes está en la comisión. Una comisión más baja se traduce en algo más de líquido cada mes y, a largo plazo, en una mejor pensión, así que vale la pena revisar dónde estás afiliado.
También conviene revisar tu liquidación todos los meses, contrastándola con tu propio cálculo. Comprueba que el 10% de AFP, el 7% de salud y el 0,6% de cesantía estén bien aplicados sobre tu imponible. Es más común de lo que parece encontrar errores en la base de cálculo o una asignación mal clasificada, y detectarlos a tiempo te ahorra problemas con tus cotizaciones.
Por último, usa los haberes no imponibles a tu favor cuando sea legítimo. Asignaciones como colación o movilización, dentro de los límites razonables que la ley permite, no cotizan ni tributan, así que llegan completas a tu líquido. No se trata de inflarlas artificialmente, sino de entender que forman parte de tu remuneración total y conviene que estén bien definidas en tu contrato.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula el sueldo líquido desde el bruto?
Se toma el sueldo imponible (los haberes brutos menos las asignaciones no imponibles), se le restan la AFP (10% más comisión), la salud (7% en Fonasa), el seguro de cesantía (0,6% si el contrato es indefinido) y el impuesto único, y finalmente se vuelven a sumar los haberes no imponibles. El resultado es tu líquido.
¿Sobre qué monto se calculan los descuentos?
Sobre el sueldo imponible, no sobre el bruto. El imponible es la parte de tus haberes que cotiza y excluye asignaciones como colación o movilización dentro de ciertos límites. AFP, salud y cesantía se aplican todas sobre esa base imponible.
¿En qué orden hay que aplicar los descuentos?
Primero determinas el imponible, luego restas las cotizaciones (AFP, salud y cesantía) y dejas el impuesto único para el final. El impuesto se calcula sobre la base tributable, que es el imponible ya rebajado por esas cotizaciones, por eso debe ir al final.
¿Cuánto se descuenta por AFP al calcular el líquido?
Un 10% obligatorio del imponible más la comisión de la administradora, que a junio de 2026 va aproximadamente entre 0,58% y 1,45%. En total, el descuento por AFP suele rondar el 11% del sueldo imponible.
¿Desde qué sueldo se paga impuesto único?
El impuesto único de segunda categoría está exento hasta 13,5 UTM mensuales. Por debajo de ese umbral no pagas nada. Sobre ese monto es progresivo por tramos: solo la parte de la renta que supera cada tramo paga la tasa correspondiente, según la tabla del SII del mes.
¿Por qué a veces el líquido sale más alto de lo esperado?
Porque los haberes no imponibles, como la colación o la movilización, no cotizan ni tributan y se suman completos al final del cálculo. Si tu sueldo incluye esas asignaciones, tu líquido será mayor que el que resulta de restar solo los descuentos al imponible.
¿El cálculo cambia con contrato a plazo fijo?
Sí. Con contrato a plazo fijo el trabajador no aporta el 0,6% del seguro de cesantía, así que ese paso se omite y el líquido resultante es algo mayor. El resto de los pasos (AFP, salud e impuesto) se calcula igual.
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Fuentes
Contenido informativo, no constituye asesoría laboral ni tributaria. Los porcentajes, topes y tramos son referenciales y pueden cambiar según la normativa vigente; verifica siempre con las fuentes oficiales. Última actualización: mayo de 2026.