Calculadora de aguinaldo
Calcula el aguinaldo de Fiestas Patrias y de Navidad en Chile según la ley vigente: para trabajadores del sector público (por tramo de remuneración) y pensionados (base más cargas familiares). Montos 2026 al instante.
Revisado y actualizado: julio de 2026 · cifras contrastadas con la Dirección del Trabajo
Montos del aguinaldo
Montos vigentes del aguinaldo de Fiestas Patrias 2026 y de Navidad (último publicado), para trabajadores del sector público según el tramo de remuneración y para pensionados según las cargas familiares.
Resumen
El aguinaldo es un bono que en Chile se paga dos veces al año: en Fiestas Patrias (septiembre) y en Navidad (diciembre). Para los trabajadores del sector público y los pensionados es un beneficio obligatorio fijado por ley cada año; para el sector privado, en cambio, no es obligatorio y depende de lo que pacte cada empresa.
Esta calculadora de aguinaldo para Chile te entrega el monto que te corresponde según la ley vigente. Para los trabajadores del sector público, el monto depende del tramo de tu remuneración líquida; para los pensionados, de un monto base más un extra por cada carga familiar. Solo eliges el beneficiario, el aguinaldo (Fiestas Patrias o Navidad) e ingresas tus datos.
Una buena noticia: el aguinaldo legal se paga íntegro, sin descuentos. No está afecto a cotizaciones previsionales ni al impuesto a la renta, por lo que el monto que indica la ley es exactamente lo que recibes en tu cuenta.
Qué es el aguinaldo
El aguinaldo es una bonificación especial asociada a las festividades de Fiestas Patrias y Navidad. Su objetivo es entregar un apoyo económico extra en fechas de mayor gasto para las familias. A diferencia del sueldo o la gratificación, no remunera el trabajo realizado ni reparte utilidades: es un beneficio puntual ligado al calendario.
En Chile, el aguinaldo del sector público y de los pensionados se concede mediante una ley específica que se dicta cada año. Esa ley fija los montos exactos, los tramos de remuneración, los incrementos por carga familiar y las fechas de corte. Por eso los valores cambian de un año a otro y conviene siempre confirmar la cifra vigente del período correspondiente.
Como es un beneficio definido por ley y no una remuneración, el aguinaldo legal no está afecto a impuestos ni a cotizaciones. El monto que la ley establece es líquido: lo recibes completo. Esto lo diferencia de la gratificación o de un bono de la empresa, que sí forman parte de tu remuneración imponible y tributable.
Quién lo recibe
El aguinaldo legal beneficia a grupos definidos en cada ley anual. En términos generales, lo reciben:
- Trabajadores del sector público: personal de planta y a contrata de los servicios e instituciones del Estado, entre otros. El monto depende del tramo en que caiga su remuneración líquida del mes de referencia.
- Pensionados: quienes reciben una pensión a través del Instituto de Previsión Social (IPS) y otros organismos, según los requisitos de la ley. Su aguinaldo es un monto base que aumenta por cada carga familiar acreditada.
- Otros beneficiarios: cada ley puede incluir grupos específicos (por ejemplo, ciertos beneficiarios de subsidios o pensiones de gracia). Conviene revisar el detalle de la ley del año.
El sector privado queda fuera de esta obligación legal. Una empresa privada puede pagar aguinaldo, pero solo si lo pactó en el contrato individual, en un instrumento colectivo (sindicato) o lo entrega como beneficio voluntario. No existe un monto legal mínimo para el aguinaldo privado.
Montos del aguinaldo 2026
Para el aguinaldo de Fiestas Patrias 2026 (fijado en la ley de reajuste del sector público), los montos son:
- $91.682 si tu remuneración líquida de agosto es igual o inferior a $1.060.493.
- $63.645 si tu remuneración líquida supera ese monto.
Para los pensionados, el aguinaldo de Fiestas Patrias 2026 tiene un monto base de $25.280, que aumenta en $12.969 por cada carga familiar acreditada al 31 de agosto de 2026.
En el caso del aguinaldo de Navidad, según la última ley publicada, el sector público recibe $71.206 si la remuneración líquida de noviembre es igual o inferior a $1.060.493, y $37.666 si la supera. Los pensionados reciben un monto base de $29.055 más $16.415 por carga familiar. Como el aguinaldo de Navidad de cada año se fija por una ley que suele publicarse hacia fines de año, conviene confirmar la cifra definitiva cuando se promulgue; mientras tanto, esos valores sirven de referencia.
La tabla de referencia que aparece más arriba en esta página resume todos estos montos en un solo lugar, y la calculadora aplica el que corresponde a tu caso según el beneficiario y el aguinaldo que elijas.
Requisitos y fechas
Para tener derecho al aguinaldo, la ley exige cumplir ciertas condiciones a una fecha de corte. Aunque el detalle varía cada año, las reglas habituales son:
- Sector público: mantener la calidad de funcionario (planta o contrata) a una fecha determinada cercana al pago. La remuneración que se considera para el tramo es la líquida del mes de referencia (agosto para Fiestas Patrias, noviembre para Navidad), excluyendo ciertos bonos de desempeño.
- Pensionados: estar pensionado a la fecha de corte (31 de agosto para Fiestas Patrias, 30 de noviembre para Navidad) y tener las cargas familiares acreditadas a esa misma fecha para recibir el incremento por cada una.
En cuanto al pago, el aguinaldo de Fiestas Patrias se entrega en septiembre y el de Navidad en diciembre. A los pensionados, el IPS se lo deposita junto con la pensión del mes; a los trabajadores del sector público, lo paga su institución empleadora en la remuneración del período.
Aguinaldo en el sector privado
Una de las dudas más frecuentes es si un trabajador de una empresa privada tiene derecho a aguinaldo. La respuesta directa es que no existe una obligación legal general: la ley anual de aguinaldos rige para el sector público y los pensionados, no para el sector privado.
Esto no significa que en el sector privado nunca se pague. Muchas empresas entregan aguinaldo de Fiestas Patrias o Navidad, pero por una de estas vías: porque está pactado en el contrato de trabajo, porque lo establece un convenio o contrato colectivo negociado por el sindicato, o porque la empresa lo otorga como beneficio voluntario y habitual. En esos casos, el monto y las condiciones son los que diga ese acuerdo, no los de la ley del sector público.
Si trabajas en el sector privado y quieres saber si te corresponde, revisa tu contrato individual y el instrumento colectivo de tu empresa. Si el aguinaldo se ha pagado de forma reiterada en el tiempo, podría considerarse un beneficio incorporado por la costumbre; ante dudas, conviene consultar a la Dirección del Trabajo.
Aguinaldo vs gratificación vs bono
Es muy común confundir el aguinaldo con otros pagos que aparecen en la liquidación de sueldo. Aclararlos evita errores:
- Aguinaldo: bono de Fiestas Patrias o Navidad. Obligatorio por ley para el sector público y pensionados; voluntario o pactado en el sector privado. Se paga íntegro, sin descuentos.
- Gratificación legal: parte de las utilidades de la empresa que el Código del Trabajo obliga a repartir (normalmente el 25% del sueldo con tope de 4,75 ingresos mínimos al año). Es imponible y tributable. Puedes estimarla en nuestra calculadora de gratificación.
- Bonos por desempeño u otros: pagos pactados por metas, antigüedad u otros conceptos. Sus reglas dependen del contrato o del convenio, y suelen ser imponibles.
En resumen: la gratificación se relaciona con las utilidades y forma parte de tu remuneración; el aguinaldo es un beneficio puntual de fin de fiestas. Pueden coexistir perfectamente en un mismo período, y de hecho muchos trabajadores reciben ambos.
Errores y dudas comunes
- Creer que el aguinaldo es obligatorio en el sector privado: no lo es. Solo es obligatorio por ley para el sector público y pensionados.
- Confundir aguinaldo con gratificación: son beneficios distintos, con orígenes y reglas diferentes. La gratificación reparte utilidades; el aguinaldo es un bono festivo.
- Pensar que al aguinaldo le descuentan impuestos: el aguinaldo legal se paga íntegro, sin cotizaciones ni impuesto a la renta.
- Usar el tramo equivocado: para el sector público, lo que define el monto es la remuneración líquida del mes de referencia, no la bruta ni la imponible.
- Olvidar acreditar las cargas: en los pensionados, el incremento por carga familiar solo se paga si las cargas están acreditadas a la fecha de corte.
- Usar montos de un año anterior: los valores cambian cada año por una nueva ley. Confirma siempre el monto vigente del período que te interesa.
En definitiva, calcular el aguinaldo es sencillo una vez que sabes a qué grupo perteneces y qué ley rige el período. Esta herramienta aplica por ti los montos y tramos vigentes para que sepas exactamente cuánto te corresponde.
Dudas sobre el aguinaldo.
El aguinaldo de Fiestas Patrias y de Navidad lo reciben por ley los trabajadores del sector público (planta y a contrata) y los pensionados del IPS, entre otros beneficiarios definidos en cada ley anual. En el sector privado el aguinaldo no es obligatorio: depende de lo que la empresa pacte en el contrato, en un convenio colectivo o lo entregue por costumbre.
Para trabajadores del sector público, el aguinaldo de Fiestas Patrias 2026 es de $91.682 si la remuneración líquida de agosto es igual o inferior a $1.060.493, y de $63.645 si la supera. Para pensionados del IPS, el monto base es de $25.280 más $12.969 por cada carga familiar acreditada al 31 de agosto de 2026.
Según la última ley vigente, el aguinaldo de Navidad para el sector público es de $71.206 si la remuneración líquida de noviembre es igual o inferior a $1.060.493, y de $37.666 si la supera. Para pensionados, el monto base es de $29.055 más $16.415 por carga familiar. El monto de cada año se fija por ley a fines de año, así que conviene confirmarlo cuando se publique.
No. El aguinaldo legal de Fiestas Patrias y Navidad es un beneficio que se paga en su monto íntegro: no está afecto a cotizaciones previsionales ni al impuesto único de segunda categoría. El monto que indica la ley es lo que efectivamente recibes.
Son cosas distintas. La gratificación legal nace del Código del Trabajo y reparte parte de las utilidades de la empresa (normalmente el 25% del sueldo con tope, mes a mes). El aguinaldo es un bono de Fiestas Patrias o Navidad: obligatorio por ley para el sector público y pensionados, y voluntario o pactado en el sector privado.
En el caso de los pensionados, sí: al monto base se le suma una cantidad fija por cada carga familiar acreditada hasta la fecha de corte (31 de agosto para Fiestas Patrias y 30 de noviembre para Navidad). Para los trabajadores del sector público, el monto depende del tramo de remuneración, no de las cargas.
El aguinaldo de Fiestas Patrias se paga en septiembre y el de Navidad en diciembre. Para los pensionados, el IPS lo paga junto con la pensión del mes correspondiente; para el sector público, lo paga cada institución empleadora.
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Fuentes y más información
Última actualización: junio de 2026. Aguinaldo de Fiestas Patrias 2026 según la ley de reajuste del sector público vigente; los montos de Navidad corresponden a la última ley publicada y se actualizan cuando se promulga la ley del año. Estimación con fines educativos; no constituye asesoría legal. Confirma los montos vigentes en el IPS o en la ley del período.