Calculadora de indemnización por años de servicio
Estima cuánto te corresponde de indemnización por años de servicio (IAS) en Chile: 30 días de tu última remuneración por cada año trabajado, con los topes legales de 11 años y 90 UF. Ingresa tus datos y obtén el resultado con su desglose al instante.
Indemnización según años de servicio
Indemnización por años de servicio para tu base de cálculo actual, en un despido por necesidades de la empresa (sin mes de aviso ni recargo). Recuerda que el tope legal es de 11 años.
El tope de los 11 años
Indemnización acumulada por cada año de servicio con tu base actual. A partir del año 11 la barra deja de crecer: ese es el tope legal de 11 años, sin importar cuántos años más trabajes.
Cada barra muestra la indemnización por años de servicio (CLP) acumulada hasta ese año, con la base de cálculo que estás usando arriba. La meseta a partir del año 11 refleja el tope legal.
Resumen
La indemnización por años de servicio (IAS) es el pago que el empleador debe entregar cuando termina el contrato por ciertas causales, principalmente el despido por necesidades de la empresa (artículo 161 del Código del Trabajo) o el desahucio del empleador. Equivale a 30 días de tu última remuneración mensual por cada año trabajado y fracción superior a 6 meses, con un tope de 11 años.
Esta calculadora de indemnización por años de servicio para Chile estima, en pesos chilenos, cuánto te corresponde aplicando los dos topes legales: el de 11 años de servicio y el de 90 UF sobre la remuneración base. Ingresa tu remuneración, tu antigüedad y la causal de término, y verás el resultado con su desglose. El valor de la UF se carga automáticamente para calcular el tope de 90 UF en pesos del día.
Qué es la indemnización por años de servicio
La indemnización por años de servicio es una compensación económica establecida en el artículo 163 del Código del Trabajo. Su lógica es reconocer el tiempo que el trabajador dedicó a la empresa cuando es esta —y no el trabajador— quien decide poner fin a la relación laboral por motivos ajenos a la conducta del trabajador.
No es un pago que corresponda en cualquier despido ni en cualquier término de contrato: depende de la causal. La regla general es que la IAS se paga cuando el contrato es indefinido y termina por necesidades de la empresa o por desahucio del empleador, y el trabajador tiene al menos un año de servicio. En cambio, no corresponde si el trabajador renuncia, si las partes terminan de mutuo acuerdo o si simplemente vence el plazo de un contrato a plazo fijo.
La indemnización por años de servicio es, normalmente, el componente de mayor monto dentro del finiquito de un despido por necesidades de la empresa. Por eso conviene entender bien cómo se calcula y cuáles son sus límites.
Cuándo corresponde la IAS
El derecho a la indemnización por años de servicio depende de la causal con la que termina el contrato:
- Necesidades de la empresa (art. 161): sí da derecho a IAS, siempre que tengas contrato indefinido y al menos un año de servicio. Es la causal típica de un despido económico (reestructuración, baja de actividad, modernización).
- Desahucio del empleador (art. 161): sí da derecho a IAS. Es una facultad reservada a ciertos cargos de exclusiva confianza, gerentes y trabajadores de casa particular.
- Mutuo acuerdo o renuncia (art. 159): no da derecho a IAS. Si tú decides irte o ambas partes acuerdan terminar, no corresponde indemnización por años de servicio.
- Vencimiento del plazo o fin de la obra (art. 159): no da derecho a IAS, porque el contrato termina por una causa pactada de antemano y no por decisión unilateral del empleador.
Existe además un caso especial: si te despiden invocando una causal del artículo 160 (conducta del trabajador) y luego un tribunal declara que el despido fue injustificado, tendrás derecho a la IAS con un recargo. Pero ese pago no es automático: requiere reclamar y que el tribunal te dé la razón.
Cómo se calcula la indemnización por años de servicio
El cálculo es sencillo una vez que tienes claras las reglas:
- Años computables: se cuentan los años completos de servicio. Si la fracción final supera los 6 meses, se cuenta como un año más. Por ejemplo, 5 años y 7 meses se redondean a 6 años; 5 años y 4 meses quedan en 5 años.
- Base de cálculo: tu última remuneración mensual, con un tope de 90 UF. Es decir, base = mínimo entre tu remuneración y 90 UF en pesos.
- Fórmula: la IAS equivale a 30 días (una remuneración) por cada año computable. Por lo tanto, IAS = base de cálculo × años computables.
- Mes de aviso: si corresponde y no hubo aviso con 30 días de anticipación, se suma una base de cálculo adicional (indemnización sustitutiva del aviso previo).
- Total: la suma de la IAS y, si aplica, el mes de aviso. Si reclamas y el despido se declara injustificado, la IAS se multiplica por el recargo correspondiente.
En palabras simples: por cada año trabajado recibes una remuneración mensual completa, hasta un máximo de 11 remuneraciones (el tope de 11 años). La gran ventaja de pensar la IAS como "una remuneración por año" es que te permite estimarla mentalmente: si ganas $1.000.000 y trabajaste 6 años, tu IAS base ronda los $6.000.000.
Los dos topes: 11 años y 90 UF
La indemnización legal por años de servicio tiene dos límites que es fundamental conocer, porque pueden reducir bastante el monto en casos de mucha antigüedad o sueldos altos:
- Tope de 11 años: para los contratos celebrados a partir del 14 de agosto de 1981, la IAS se calcula sobre un máximo de 11 años (330 días de remuneración). Si trabajaste 15, 20 o 30 años, igual te corresponden 11 remuneraciones, no más. (Los contratos anteriores a esa fecha no tienen este tope, pero hoy son muy poco frecuentes.)
- Tope de 90 UF: la remuneración que se usa como base no puede superar las 90 UF. Si tu última remuneración es mayor, la IAS se calcula igual sobre el equivalente de 90 UF en pesos. Con una UF cercana a $40.790, ese tope ronda los $3.671.000 mensuales.
Cuando alguno de estos topes se aplica, esta calculadora te lo avisa explícitamente, para que entiendas por qué el resultado puede ser menor de lo que esperabas. Es uno de los puntos donde más se equivoca la gente al estimar su indemnización "a mano".
Qué entra en la "última remuneración"
La base de cálculo es la última remuneración mensual, y la ley es bastante específica sobre qué incluye:
- Sí entran: el sueldo base, la gratificación (proporcionalizada de forma mensual), y todo lo que tenga carácter de remuneración fija y permanente (bonos de carácter habitual, regalías valorizadas en dinero, etc.).
- Rentas variables: si tienes comisiones o bonos de producción que cambian mes a mes, se considera el promedio de los últimos 3 meses.
- No entran: las asignaciones que no son remuneración, como la colación, la movilización, los viáticos y las asignaciones de pérdida de caja o desgaste de herramientas.
Como la gratificación y el promedio de variables sí forman parte de la base, conviene ingresar en la calculadora tu remuneración mensual completa incluyendo esos conceptos, no solo el sueldo base. De lo contrario, subestimarás la indemnización.
Relación con el finiquito
La indemnización por años de servicio no es lo mismo que el finiquito, aunque suelen confundirse. El finiquito es el documento que cierra la relación laboral y que reúne todos los pagos finales; la IAS es solo uno de esos pagos. Un finiquito por despido por necesidades de la empresa típicamente incluye:
- La indemnización por años de servicio (lo que calcula esta herramienta).
- El mes de aviso (indemnización sustitutiva del aviso previo), si no hubo aviso con 30 días.
- El feriado proporcional (vacaciones no tomadas), que corresponde sea cual sea la causal.
- Las remuneraciones pendientes (días trabajados del último mes, bonos adeudados).
Si quieres el cálculo completo del finiquito, con feriado proporcional y remuneraciones pendientes incluidos, usa nuestra calculadora de finiquito. Esta página se concentra en el componente más importante y a la vez más sujeto a topes: la indemnización por años de servicio (más, opcionalmente, el mes de aviso).
Ejemplo práctico
Un trabajador con una última remuneración de $1.000.000, despedido por necesidades de la empresa, tras 5 años y 7 meses de servicio, sin aviso previo:
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Años computables | 5 años + 7 meses (>6) = 6 | 6 años |
| Base de cálculo | $1.000.000 (bajo 90 UF) | $1.000.000 |
| IAS por años de servicio | $1.000.000 × 6 | $6.000.000 |
| Mes de aviso | 1 remuneración | $1.000.000 |
| Total | $7.000.000 |
Si la misma persona hubiera renunciado, no le correspondería ni IAS ni mes de aviso: solo el feriado proporcional y lo adeudado. Y si su remuneración hubiera sido de $5.000.000, la base se habría topado en 90 UF (≈ $3.671.000), reduciendo la IAS pese al sueldo más alto.
Despido injustificado y recargos
Si crees que tu despido fue injustificado, indebido o improcedente —por ejemplo, que invocaron una causal que no corresponde— puedes reclamar ante los tribunales dentro de 60 días hábiles. Si el juez te da la razón, la indemnización por años de servicio se paga con un recargo:
- 30% si se aplicó indebidamente la causal de necesidades de la empresa (art. 161).
- 50% si se invocó una causal del art. 159 o se omitió la causal y el despido se declara injustificado.
- 80% si se invocó alguna causal del art. 160 (conducta) que el tribunal declara injustificada.
- 100% en casos del art. 160 vinculados a conductas especialmente graves cuando se declaran carentes de motivo plausible.
Esta calculadora muestra por defecto la IAS base, sin recargos, porque los recargos solo se aplican si un tribunal los ordena. En los parámetros avanzados puedes activar un recargo (con un valor por defecto del 80%) para simular cuánto podrías recibir en un escenario de reclamo.
Errores comunes
- Olvidar el tope de 90 UF: con sueldos altos, la base se limita a 90 UF y la indemnización es menor de lo esperado. Revisa la alerta de la calculadora.
- Olvidar el tope de 11 años: aunque lleves 20 años, la IAS legal se calcula sobre un máximo de 11 años.
- Usar solo el sueldo base: la base incluye gratificación y promedio de variables. Ingresa tu remuneración mensual completa.
- Confundir la causal: renuncia y mutuo acuerdo no dan derecho a IAS. Asegúrate de que la causal del finiquito sea la correcta.
- Asumir el recargo como seguro: el recargo por despido injustificado solo se paga si un tribunal lo ordena tras un reclamo.
- Confundir IAS con finiquito: la IAS es solo una parte del finiquito; faltan el feriado proporcional y las remuneraciones pendientes.
En definitiva, la indemnización por años de servicio puede ser una cifra muy relevante tras varios años de trabajo, pero está acotada por dos topes que mucha gente desconoce. Conocer cómo se compone te permite revisar que el monto del finiquito esté bien calculado y reclamar a tiempo si algo no cuadra.
Dudas sobre la indemnización por años de servicio.
Es un pago que el empleador debe entregar cuando termina el contrato por ciertas causales (principalmente necesidades de la empresa o desahucio). Equivale a 30 días de tu última remuneración mensual por cada año trabajado y fracción superior a 6 meses, con tope de 11 años.
Corresponde cuando te despiden por "necesidades de la empresa" (art. 161) o por desahucio del empleador, siempre que tengas contrato indefinido y al menos un año de servicio. No corresponde si renuncias, terminas de mutuo acuerdo o si vence el plazo del contrato.
Se cuentan los años completos trabajados. Si la fracción final supera los 6 meses, se cuenta como un año más. Por ejemplo, 5 años y 7 meses se redondean a 6 años; 5 años y 4 meses quedan en 5 años. El máximo indemnizable es de 11 años.
La remuneración que se usa como base de cálculo no puede superar las 90 UF. Si tu última remuneración es mayor, la indemnización se calcula igual sobre 90 UF (su equivalente en pesos del día). Esta calculadora carga el valor de la UF automáticamente para aplicar el tope.
Para los contratos celebrados desde el 14 de agosto de 1981, la indemnización por años de servicio tiene un límite de 11 años (330 días de remuneración). Aunque hayas trabajado 15 o 20 años, la IAS legal se calcula sobre un máximo de 11 años.
La base es la última remuneración mensual e incluye el sueldo base, la gratificación y todo lo que tenga carácter de remuneración fija y permanente. Si tienes rentas variables (comisiones, bonos de producción), se considera el promedio de los últimos 3 meses. No se incluyen asignaciones no remuneracionales como colación o movilización.
Si reclamas ante un tribunal y el despido se declara injustificado, indebido o improcedente, la indemnización por años de servicio se paga con un recargo. En el caso del art. 161 el recargo es de 30%; puede llegar hasta el 50%, 80% o 100% según la causal y lo que resuelva el tribunal. Esta calculadora permite simular ese escenario.
Sigue calculando.
Sueldo líquido
Calcula tu sueldo líquido en Chile a partir del bruto: AFP, salud, seguro de cesantía e impuesto único.
sueldoFiniquito
Calcula tu finiquito en Chile: indemnización por años de servicio, mes de aviso y feriado proporcional según la causal de término.
finiquitoGratificación
Calcula tu gratificación legal en Chile según el artículo 50 (25% con tope de 4,75 ingresos mínimos).
remuneraciónAprende más.
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Fuentes y más información
Última actualización: junio de 2026. Estimación con fines educativos; casos especiales (contratos anteriores a agosto de 1981, indemnizaciones a todo evento, regímenes especiales) pueden variar. No constituye asesoría legal. Ante dudas, consulta a la Dirección del Trabajo.